Si has llegado hasta aquí probablemente te acaban de hablar de DEHú notificaciones o has recibido un aviso de que tienes una comunicación pendiente en tu Dirección Electrónica Habilitada única. DEHú es el sistema mediante el cual la Administración, incluida la Agencia Tributaria (AEAT), notifica de forma electrónica a empresas, autónomos y en determinados casos a particulares. Entender cómo funciona, qué plazos corren desde que se publica una notificación y qué ocurre si no la abres a tiempo es fundamental, porque de ello pueden derivarse requerimientos, inicio de actuaciones inspectoras o incluso sanciones de Hacienda.
uierta¿Qué es DEHú y quién está obligado a usarlo?
DEHú (Dirección Electrónica Habilitada única) es la plataforma que centraliza las notificaciones electrónicas de todas las Administraciones Públicas españolas, sustituyendo al antiguo sistema de notificaciones electrónicas obligatorias (NEO). Es el punto de acceso donde la AEAT deposita comunicaciones, requerimientos, providencias de apremio o el inicio de un procedimiento de comprobación.
Sujetos obligados a recibir notificaciones electrónicas
Conforme al artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, están obligados a relacionarse electrónicamente con la Administración, y por tanto a recibir notificaciones en DEHú:
- Personas jurídicas (sociedades, cooperativas, fundaciones).
- Entidades sin personalidad jurídica (comunidades de bienes, herencias yacentes).
- Profesionales que requieran colegiación obligatoria para su actividad.
- Autónomos, en determinados supuestos vinculados a su actividad económica.
- Empleados públicos, para trámites relacionados con su condición.
Los particulares que no tengan esta obligación pueden adherirse voluntariamente al sistema, aunque también pueden seguir recibiendo notificaciones postales si no han optado por la vía electrónica.
¿Cómo consultar mis notificaciones en DEHú?
El acceso se realiza a través de la sede electrónica correspondiente, normalmente mediante certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve. Una vez dentro, puedes ver el listado de comunicaciones pendientes, las ya leídas y su estado. Es recomendable revisar la bandeja con periodicidad, especialmente si tu empresa está en alguna fase de comprobación o inspección tributaria, ya que muchas actuaciones inspectoras se notifican exclusivamente por esta vía.
Plazos de la AEAT y efectos de la notificación
Uno de los aspectos más consultados es qué ocurre si no se accede a la notificación. Según la normativa vigente, una notificación electrónica se entiende practicada en el momento en que se accede a su contenido, o bien, si no se accede voluntariamente, transcurridos 10 días naturales desde su puesta a disposición, se considera rechazada y, por tanto, notificada a todos los efectos legales (artículo 43 de la Ley 39/2015). Esto significa que ignorar el aviso no detiene los plazos: al undécimo día, el requerimiento de Hacienda se considera recibido y comienza a correr el plazo para responder o recurrir.
¿Qué tipo de comunicaciones de Hacienda llegan por DEHú?
A través de este sistema pueden recibirse, entre otras:
- Requerimientos de información o documentación.
- Comunicaciones de inicio de actuaciones inspectoras.
- Propuestas de liquidación y resoluciones.
- Providencias de apremio.
- Notificación de sanciones tributarias.
Por ejemplo, a título orientativo: una pyme puede recibir en DEHú un requerimiento solicitando facturas de un ejercicio concreto para verificar la deducción del IVA soportado. Si no se contesta en plazo, la Administración puede iniciar un procedimiento sancionador independiente del procedimiento principal, con las consecuencias económicas que ello conlleva.
Derechos del contribuyente frente a una notificación en DEHú
La Ley 58/2003, General Tributaria, y su normativa de desarrollo reconocen una serie de garantías que conviene tener presentes:
- Derecho a ser informado del carácter y alcance de las actuaciones (artículo 34 LGT).
- Derecho a solicitar aplazamiento o fraccionamiento de deudas notificadas, cuando proceda.
- Derecho a presentar alegaciones y recursos dentro de los plazos legalmente establecidos.
- Derecho a la asistencia de un asesor fiscal durante todo el procedimiento.
Si detectas que una notificación recibida en DEHú corresponde a un requerimiento con indicios de inspección tributaria, es recomendable no responder de forma improvisada. Un análisis previo del alcance del requerimiento, del periodo comprobado y de la documentación exigida puede evitar errores que compliquen la defensa tributaria posterior.
¿Qué hacer si recibo una notificación y no estoy de acuerdo?
Frente a una liquidación o sanción notificada por DEHú existen distintas vías de recursos tributarios: el recurso de reposición, la reclamación económico-administrativa ante los Tribunales Económico-Administrativos, y en última instancia la vía contencioso-administrativa. Los plazos generales para interponer estos recursos son de un mes desde la notificación, por lo que es esencial no dejar pasar el tiempo revisando la bandeja de DEHú de forma esporádica.
¿Se puede pedir la paralización de una inspección tras una notificación en DEHú?
No existe una