Si has llegado hasta aquí buscando dehu notificaciones, probablemente acabas de recibir un aviso, una llamada de un familiar o has visto en las noticias que Hacienda envía notificaciones a través de la Dirección Electrónica Habilitada Única (DEHÚ), y quieres entender qué es, cómo acceder, qué plazos tienes y qué pasa si no la revisas a tiempo. En este artículo te explicamos de forma práctica todo lo que necesitas saber sobre las notificaciones DEHÚ de la Agencia Tributaria, sus plazos legales y cómo actuar si recibes un requerimiento de Hacienda o el inicio de actuaciones inspectoras.
¿Qué es DEHÚ y para qué sirve?
La Dirección Electrónica Habilitada Única (DEHÚ) es el sistema oficial mediante el cual las Administraciones Públicas españolas, incluida la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), notifican de forma electrónica a personas físicas y jurídicas. Sustituye en muchos casos a la notificación postal tradicional y funciona como un buzón digital único al que se puede acceder a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria o del portal notificaciones.060.es.
Desde la entrada en vigor de la obligación de notificación electrónica para determinados colectivos, empresas, autónomos y ciertos contribuyentes que Hacienda haya incluido en el sistema de notificaciones electrónicas obligatorias, deben consultar periódicamente su buzón DEHÚ, ya que ahí pueden recibir cartas de Hacienda, requerimientos tributarios, notificaciones de inicio de una inspección de hacienda o resoluciones de procedimientos ya iniciados.
¿Quién está obligado a recibir notificaciones por DEHÚ?
Con carácter general, están obligadas las personas jurídicas (sociedades), las entidades sin personalidad jurídica, los profesionales colegiados que deban ejercer su actividad mediante persona jurídica y los contribuyentes inscritos en el Registro de grandes empresas, entre otros colectivos determinados por la normativa tributaria. Las personas físicas particulares pueden, en muchos casos, optar voluntariamente por la notificación electrónica, aunque también pueden ser incluidas de oficio en determinados procedimientos, según lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria.
¿Cómo funciona el plazo de las notificaciones electrónicas en DEHÚ?
Este es probablemente el punto más importante y el que genera más dudas y consecuencias graves si no se entiende bien. Cuando la AEAT deposita una notificación en tu buzón DEHÚ, tienes 10 días naturales para acceder a su contenido. Si entras y la lees, se entiende notificada en ese momento. Pero si transcurren esos 10 días naturales sin que accedas a ella, la notificación se considera rechazada y, a todos los efectos legales, se entiende notificada correctamente, aunque no la hayas leído.
Esto significa que los plazos para presentar alegaciones, recursos tributarios o para responder a un requerimiento de Hacienda empiezan a correr desde ese momento, aunque tú no tengas conocimiento real del contenido. Por este motivo, es fundamental revisar el buzón DEHÚ con regularidad, especialmente si eres autónomo, administrador de una sociedad o has recibido comunicaciones previas de la Agencia Tributaria.
Ejemplo práctico orientativo
Imaginemos, a título meramente orientativo, que una pyme recibe el 1 de marzo una notificación en su buzón DEHÚ relativa al inicio de actuaciones inspectoras. Si el representante de la empresa no accede al contenido antes del 11 de marzo, la notificación se considerará rechazada y notificada igualmente en esa fecha. A partir de ahí empezarán a correr los plazos legales para presentar documentación, alegaciones o recursos. Cada caso depende de sus circunstancias concretas y de la fase del procedimiento, por lo que siempre conviene contar con asesoramiento fiscal específico.
¿Qué tipo de comunicaciones llegan a través de DEHÚ?
A través de este sistema puedes recibir, entre otros documentos:
- Requerimientos de información o documentación.
- Notificaciones de inicio de un procedimiento de comprobación limitada.
- Comunicaciones de inicio de actuaciones inspectoras dentro de una inspección tributaria.
- Propuestas de liquidación provisional o definitiva.
- Notificación de sanciones de Hacienda.
- Resoluciones de recursos o reclamaciones presentadas previamente.
Cualquiera de estas comunicaciones puede tener consecuencias económicas relevantes, por lo que ignorarlas o descubrirlas tarde puede complicar seriamente tu defensa tributaria.
¿Qué hacer si recibes un requerimiento o inicio de inspección a través de DEHÚ?
Lo primero es no dejarlo pasar. Aunque cueste, la peor decisión es no revisar el contenido o esperar a que